La Verdad sobre nuestra ciudadanía
Prof. Pedro N. González
Nadie
en nuestro presente puede negar que la constitución del Estado Libre Asociado aprobado por el
pueblo de Puerto Rico en virtud de la ley 600 que el congreso federal aprobara,
fue un paso de avance en las relaciones políticas que existían en nuestro país a
partir de la ocupación militar de
nuestro pueblo el 25 de julio del 1898, este hecho muy particular creó las
bases políticas económicas y legales y que de ahí en adelante dieron un proceso
de negociación política entre Puerto Rico y los Estados Unidos continentales.
Nadie puede negar que dicho proceso político le facilita nuestro pueblo un mayor grado de autonomía en los asuntos
internos de gobierno bajo el nuevo régimen estatutivo de la constitución recién
aprobada. Sin embargo también hay que reconocer que dentro de ese proceso de la
ley 600 del 3 de julio de 1950, el
congreso se las arregló para de forma solapada dejar a nuestro país a merced de
la autoridad del congreso, dejando en vigor, todos los artículos que controlan
y regulan las relaciones entre los Estados Unidos y Puerto Rico, bajo la
jurisdicción de la Cláusula Territorial de la Constitución de los Estados
Unidos.
Las
promesas del presidente Roosevelt a Don Luis Muños Marín de que este paso solucionaría
de forma permanente nuestra situación política, fue burlada una vez más por un
congreso republicano, que se las arreglo, para dejar en la estocada a nuestro
pueblo, Es mi opinión que Don Luis confió excesivamente en la palabra del Sr.
Presidente y pensó que de alguna manera en el futuro se podía clarificar, los parámetros
del desarrollo político de nuestra autonomía política y fiscal que en cierto
modo le otorgaba la nueva constitución. Es mi opinión que las fallas más graves
de este proceso, dejaron en ascuas todo este proceso, por las siguientes
razones: En primer lugar la ley 600 no
dejo claramente establecido, el que la nueva constitución representaba un cambio
permanente, y mucho menos que era un acuerdo político bilateral, que no podría ser
enmendado sin el consentimiento de las dos partes. Y en segundo lugar que dicho
estatuto tampoco dejo claro la abolición de la aplicación de la cláusula territorial
a nuestro nuevo régimen político, por tanto deja en el limbo la permanencia de
nuestro nuevo régimen político, a la voluntad de la interpretación del congreso
sobre la permanencia de nuestro sistema político y constitucional.
Hasta
el día de hoy y solo por interpretación del famoso infame informe del mal
llamado comité interagencial de la casa Blanca sobre el asunto del estatus político,
se ha planteado la funesta posibilidad de que el congreso tendría la facultad
inclusive de revocar nuestra constitución y eliminar la ciudadanía americana
que hasta el presente hemos disfrutado, como si esto fuera un regalo o una
hipoteca adquirida por el congreso, la cual puede ser ejecutado por su acreedor
en cualquier momento, en que se entienda haya habido un incumplimiento de los términos
de la hipoteca. Nada de verdad tiene ese argumento, solo simple especulaciones,
ya que la propia constitución de los estados unidos, establece claramente, que
a ningún ciudadano se le puede privar de su ciudadanía, a menos que se dé un
acto de traición, o que el ciudadano expresamente renuncie a ella, para obtener
otra ciudadanía, y no hace excepción dicha disposición constitucional. Ahora
bien es claro que al presente la ley que creo el nuevo estado de derecho de los
ciudadanos puertorriqueños, que en virtud de la ley Jones, fueron cobijados como
ciudadanos americanos y que en virtud de la ley 600, aprobó su derecho a formar
un nuevo régimen político y constitucional, dentro del marco constitucional de
los Estados Unidos, y contrario a lo dicho por algunas personas, el nuevo régimen
político del ELA, ha sido ratificado consistentemente por las decisiones del
tribunal supremo de los Estados Unidos en múltiples ocasiones y en todas sus
decisiones ha dejado claro, que el pueblo de Puerto Rico adquirió un derecho
privativo, bajo el régimen del Estado Libre Asociado, que no puede ser revocado
por ningún otro congreso.
Es
claro que hay que hacer ajustes y cambios a régimen del ELA, pero estos cambios
están dentro de los términos que el pueblo de Puerto Rico, le exija al congreso
aquellas áreas que se tiene que ser modificadas para alcanzar una relación permanente
, bajo los acuerdos de una nueva ley de relaciones federales, que le otorgue a
Puerto Rico, el espacio para auto ejecutar su autonomía fiscal, económica y política
dentro de los parámetros de un pacto de asociación política de los Estados
Unidos, sin renunciar a los derecho adquiridos bajo el actual régimen del Estado
Libre Asociado en términos específicos de las relaciones entre Puerto Rico y
Estados Unidos. De eso es que se trata la nueva propuesta de un ELA con más autonomía
o soberano. Lo demás es pura demagogia y meros espejismos.
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